
Hoy 26-J como buena ciudadana española he cumplido con mi derecho a votar por segunda vez en seis meses en las elecciones generales.
En Madrigal de la Vera hay dos colegios electorales, uno en la biblioteca, y el colegio electoral que me corresponde para ir a votar está en la antigua hermandad y aquí me veis, ante la urna, votando para los senadores (sobre naranja) y diputados (sobre blanco).
El derecho al voto
Declaración Universal de los Derechos Humanos
“Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”.
La primera vez que se reconoció elecciones con derecho a voto
España — primeras elecciones con sufragio universal masculino en 1869, se estableció de forma definitiva en 1890
el sufragio femenino fue en la Constitución de 1931 el 1 de octubre de 1931
Artículo 36. Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes